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El titular de un registro tributario puede solicitar una escritura de embargo por incumplimiento de impuestos transcurridos dos (2) años o más desde el 1ero de abril del año en que se emitió el registro.
Una{[#]} Solicitud de escritura de embargo por incumplimiento de impuestos se hace en la oficina del recaudador de impuestos. La solicitud inicia el proceso de obligar a que la propiedad se venda en remate público. El dueño moroso de la propiedad puede retenerla si canjea la solicitud de escritura de embargo por incumplimiento de impuestos antes de que la propiedad se venda y la escritura sea emitida.
Las ventas de escritura de embargo por incumplimiento de impuestos las realiza el Secretario y Contralor del condado de Palm Beach.
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